ActualidadJulio 2026 · Sanidad vegetal
Equipo editorial de Elisur Agrotech·Revisión técnica: Equipo técnico drones·Actualizado el 31 de julio de 2026

Drones contra la pudenta del arroz: el operativo de Extremadura en 2026

La Junta de Extremadura ha puesto en marcha una campaña oficial de tratamiento fitosanitario aéreo contra la pudenta del arroz, combinando aeronaves tripuladas y drones agrícolas. Es uno de los operativos orizícolas más ambiciosos publicados en la península ibérica en lo que va de 2026. Repasamos qué se ha licitado, qué implica en el terreno y por qué conviene separar la autorización de vuelo de la autorización de tratamiento.

Dron agrícola profesional EAVision J150
Material propio Elisur. No identifica a Elisur como adjudicatario del operativo extremeño de 2026.

Qué está pasando en Extremadura en 2026

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura ha publicado un concurso público — un pliego de condiciones técnicas y administrativas — para contratar el tratamiento fitosanitario aéreo de arrozales afectados por la pudenta del arroz. Según la información publicada, el contrato prevé el uso combinado de aeronaves tripuladas y vehículos aéreos no tripulados (UAV) en una campaña acotada en calendario y superficie.

Extremadura concentra una parte relevante del arrozal peninsular, sobre todo en las comarcas de Vegas del Guadiana y Vegas del Guadiana Oriental. En años de presión alta de la plaga, un retraso en la respuesta fitosanitaria puede traducirse en pérdidas de rendimiento y en manchas visibles en grano que deprecian la calidad comercial del arroz.

La documentación de la licitación sitúa la ejecución del tratamiento en una ventana estimada de la segunda quincena de agosto de 2026, coincidiendo con el momento fenológico de mayor riesgo para el cultivo.

Aviso editorial

Este artículo describe un operativo público concreto en Extremadura. Elisur Agrotech no participa en él ni figura como adjudicataria del concurso. Las cifras y el producto citados proceden del pliego y de la información publicada por la Administración; deben verificarse en la documentación oficial vigente antes de cualquier decisión operativa.

Qué es la pudenta del arroz (Eysarcoris ventralis)

La pudenta del arroz — a veces referida en documentación técnica como percevejo (pudenta) — es el heteróptero Eysarcoris ventralis. Pertenece al grupo de pentatómidos que se alimentan succionando la savia de la planta de arroz, sobre todo en fases vegetativas y de encañado.

No conviene confundirla con otras plagas del arrozal — pulgones, gusano blanco, caracoles o percevejos de otros géneros — porque el umbral de intervención, el producto autorizado y la ventana de tratamiento cambian. En sanidad vegetal, la identificación correcta de la especie no es un matiz académico: condiciona la legalidad del tratamiento.

El ciclo biológico de Eysarcoris ventralis incluye estados ninfales y adultos que pueden permanecer en el arrozal desde primavera hasta la maduración del grano. En campañas con alta densidad poblacional, la plaga puede pasar de focos localizados a manchas extensas en pocas semanas si las condiciones térmicas y hídricas le favorecen.

Daños en el arrozal y la mancha «ojo de perdiz»

La picadura de la pudenta provoca clorosis, aborto de espigas y vaciado de granos. En términos agronómicos, el daño directo se traduce en menos peso de grano y peor uniformidad de cosecha; en términos comerciales, puede aparecer la mancha conocida como «ojo de perdiz»: una decoloración circular en el grano que reduce su valor en molino y en industria de arroz blanco.

El «ojo de perdiz» no es exclusivo de Eysarcoris ventralis — otras plagas y condiciones ambientales pueden generar manchas similares —, pero en arrozal extremeño es uno de los síntomas que más preocupan al sector cuando la presión de pudenta es alta. Por eso la campaña de 2026 se plantea como actuación de emergencia fitosanitaria y no como un tratamiento rutinario de mantenimiento.

  • Picaduras en hoja y vaina que debilitan la planta en encañado.
  • Espigas abortadas o incompletas en focos de alta densidad de la plaga.
  • Granos vacíos o manchados que deprecian la calidad comercial.
  • Mancha «ojo de perdiz» visible en grano cosechado en campañas severas.
Operación con dron agrícola en terreno de difícil acceso
En arrozales, la logística de agua, baterías y zonas de despegue pesa tanto como el hardware.

Superficie a tratar: cifras del pliego y matices

Según el pliego público y la información difundida en prensa sectorial, el operativo contempla tratar hasta unos 20.000 ha de arrozal, aunque la superficie efectivamente tratada puede variar según la fase operativa, la evolución de la plaga y las decisiones técnicas del contratista durante la campaña.

Es importante no convertir esa cifra en un dato cerrado antes de tiempo. Un pliego fija un techo contractual y un objetivo de cobertura; la realidad diaria depende del clima, del viento, de la disponibilidad de medios aéreos y de si ciertas parcelas quedan fuera por restricciones de deriva, proximidad a núcleos urbanos o falta de autorización puntual. En operativos de esta escala, la diferencia entre «superficie licitada» y «superficie tratada al cierre» suele ser significativa.

Lectura prudente de las cifras

  • · Pliego: hasta ~20.000 ha como referencia contractual.
  • · Superficie real: depende de fase operativa y evolución de la plaga.
  • · No extrapolar estas cifras a otras comunidades autónomas ni a otros años.

Aeronaves tripuladas y drones: por qué se combinan

El pliego prevé una arquitectura de medios mixta, no exclusiva de drones. Las aeronaves tripuladas — avionetas o helicópteros agrícolas, según lo que licite y ejecute el adjudicatario — aportan capacidad de cubrir grandes extensiones homogéneas en ventanas meteorológicas estrechas. Los UAV agrícolas entran donde el tripulado encuentra límites de acceso, precisión o logística.

La lógica no es «dron versus avioneta», sino reparto de tareas. En un arrozal extremeño típico, las parcelas grandes y regulares pueden ir a tripulado; bordes de parcela, zonas encharcadas con acceso complicado para maquinaria terrestre, o focos localizados de plaga pueden ir a dron. Es el mismo planteamiento que ya vimos en otros operativos públicos de 2026, como el de langosta mediterránea en Albacete, aunque con un cultivo, una plaga y una logística completamente distintos.

En cuanto a la estructura contractual, el pliego organiza el operativo en tres lotes: Lote 1, reservado a aeronave tripulada, y Lotes 2 y 3, reservados a drones no tripulados, con un mínimo de dos unidades de acción diarias por lote de dron. Es una exigencia mínima de capacidad fijada por la Administración, no una cifra de rendimiento de ningún fabricante en particular.

Ventajas del dron en arrozales — y sus límites

En arrozal, el suelo encharcado y los caminos perimetrales estrechos dificultan el acceso de pulverizadoras de barra o de maquinaria pesada en plena campaña. Un dron agrícola despega desde una zona seca perimetral y entra sobre el agua sin compactar el lodo ni dejar huellas que compliquen la cosecha.

Ventajas reales

  • · Acceso a parcelas sin camino firme para tractor.
  • · Trabajo en suelo blando sin hundimiento de ruedas.
  • · Precisión en bordes, diques y focos localizados.
  • · Menor huella mecánica que maquinaria terrestre.

Limitaciones habituales

  • · Capacidad de depósito inferior a la avioneta.
  • · Dependencia de recarga de baterías y mezcla.
  • · Sensibilidad extrema al viento y a la deriva.
  • · Productividad diaria limitada frente al tripulado en llanos extensos.

Ninguna de estas ventajas elimina por sí sola la necesidad de autorizaciones. Un dron que accede bien al arrozal sigue necesitando permiso de vuelo (AESA) y autorización fitosanitaria para el producto y la plaga tratados, como explicamos en nuestra guía sobre legalidad, normativa y multas 2026.

Agua, baterías y productividad diaria

En arrozal, la logística pesa tanto como el dron. Hace falta agua limpia para la mezcla, punto de recarga de baterías (generador o banco móvil), personal para preparar caldo y transporte entre parcelas separadas por diques. Un operativo bien montado organiza «islas» de trabajo con varios drones y un flujo continuo de baterías cargadas; uno mal montado pierde horas de vuelo útil esperando recarga.

La productividad diaria de un dron agrícola en arrozal depende de depósito, velocidad de trabajo, distancia al punto de mezcla y condiciones de viento. El propio pliego recoge cifras de referencia exigidas a los licitadores —no cifras propias de Elisur Agrotech ni de ningún fabricante—: en torno a 50 ha/día por unidad de dron y un mínimo conjunto de 100 ha/día sumando los lotes de drones. Son especificaciones mínimas de capacidad exigidas al adjudicatario, no un rendimiento garantizado en cualquier condición de campo. Esa cifra cae de forma abrupta con viento lateral, parcelas fragmentadas o recargas distantes. En un operativo mixto de miles de hectáreas, los drones suelen cubrir el «relleno» que el tripulado no alcanza a tiempo, no sustituirlo por completo.

Las cifras de productividad que circulan en ferias o catálogos comerciales rara vez incluyen tiempos de recarga, desplazamiento entre parcelas o paradas por viento. En campaña real, conviene planificar con márgenes conservadores.

Organización de zonas de despegue

Un arrozal no es un campo de trigo: no basta con «llegar y volar». Hay que identificar zonas de despegue y aterrizaje (ZDA) en caminos perimetrales, parcelas vecinas en barbecho o plataformas temporales con suelo firme. Cada ZDA debe garantizar separación de espectadores, acceso del vehículo de apoyo y línea visual del piloto remoto.

En operativos públicos de gran escala, la planificación previa incluye un mapa de ZDA por bloque de tratamiento, coordinación con los regantes y señalización de parcelas ya tratadas para evitar solapamientos. Un error clásico — también en operaciones privadas — es subestimar el tiempo de desplazamiento entre ZDA cuando las parcelas están separadas por varios kilómetros de caminos de riego.

Riesgo de deriva en arrozal inundado

La deriva es el riesgo fitosanitario más delicado en arrozal. El agua de la parcela refleja y modifica la turbulencia del flujo de aire cerca del cultivo; el viento a la altura del manto vegetal puede ser distinto al registrado en estación terrestre. Un producto aplicado con viento fuera de umbral puede alcanzar parcelas colindantes, cursos de agua o zonas de exclusión buffer.

Por eso los pliegos de tratamiento aéreo suelen fijar límites de velocidad de viento, horarios y distancias a zonas sensibles. En aplicación con dron, el control de deriva exige además ajustar altura de vuelo, tamaño de gota y velocidad de avance — parámetros que el operador debe documentar. La deriva no es un riesgo teórico: es la principal causa de incidencias en inspecciones de sanidad vegetal tras campañas aéreas.

Autorización fitosanitaria y autorización UAS: dos trámites

Este operativo vuelve a poner sobre la mesa una confusión recurrente que ya tratamos al hablar de la PDRA-S01[F] de AESA: volar un dron y aplicar un fitosanitario son dos autorizaciones distintas que deben cumplirse simultáneamente. Ninguna implica la otra de forma automática.

Autorización aeronáutica (AESA / UAS)

Habilita el vuelo del dron en categoría específica: operador registrado, piloto competente, evaluación de riesgos operacionales (PDRA u operación específica) y cumplimiento de las limitaciones del escenario aprobado.

Autorización fitosanitaria (MAPA / comunidad autónoma)

Autoriza el uso del producto fitosanitario contra la plaga concreta, por vía aérea y en las condiciones de aplicación. Puede requerir autorización excepcional cuando el uso no está recogido en etiqueta para ese cultivo, plaga o método.

Que Extremadura haya licitado un operativo con drones no extiende automáticamente ningún permiso a otros operadores, otras comunidades autónomas ni otras plagas. Cada campaña exige su propio encaje legal. Tener una PDRA aprobada no sustituye la autorización fitosanitaria del producto; y al revés, una autorización de tratamiento no permite volar sin cumplir la normativa de drones de AESA.

Producto citado en el pliego: cipermetrina 0,35 % UL

Según pliego e información publicada por la Administración, el tratamiento previsto menciona cipermetrina al 0,35 % en formulación UL (ultra bajo volumen) aplicada por vía aérea. Repetimos el matiz obligatorio: esto es lo que figura en documentación pública del concurso; cada operador debe verificar la etiqueta vigente del producto concreto que vaya a utilizar y comprobar que existe autorización para aplicación aérea en arroz contra Eysarcoris ventralis.

La formulación UL implica gota fina y volumen de caldo reducido, lo que exige precisión en la aplicación y control estricto de deriva. No todos los drones agrícolas están preparados para trabajar con todas las formulaciones UL sin validación previa de boquillas, presión y compatibilidad de materiales con el producto.

Checklist antes de aplicar

  • · Etiqueta del producto: cultivo, plaga, vía aérea y dosis autorizadas.
  • · Autorización excepcional o encaje en programa fitosanitario, si procede.
  • · Compatibilidad técnica dron–formulación UL (boquilla, filtrado, materiales).
  • · Condiciones meteorológicas dentro de los límites de la autorización.

Qué aprende el sector de este operativo

Más allá de Extremadura, este concurso envía varias señales al sector agrícola y a las empresas de servicios con dron:

  • Los drones agrícolas entran ya en licitaciones públicas de sanidad vegetal de gran escala, no solo en demostraciones privadas.
  • La respuesta fitosanitaria moderna combina medios tripulados y no tripulados según la parcela, no según modas.
  • La logística — agua, baterías, ZDA — decide el éxito operativo tanto como la plataforma de vuelo.
  • La trazabilidad documental (autorizaciones, condiciones de viento, dosis) será escrutada en inspecciones posteriores.
  • El mantenimiento preventivo del equipo antes de campaña evita paradas en ventanas críticas; conviene repasar nuestra guía de

Para regantes, cooperativas y empresas de servicios, la lección práctica es clara: tener dron no es tener operativa aérea legal. Hay que invertir en formación, trámites, documentación y servicio técnico que mantenga el equipo operativo cuando llegue la ventana de tratamiento.

Encaje técnico posible de un dron como el EAVision J150

Elisur Agrotech no participa en el operativo extremeño de 2026 ni el EAVision J150 cuenta con una autorización específica ligada a este concurso o a cipermetrina UL en arroz. Lo que sí puede analizarse, con prudencia, es el encaje de plataforma en operaciones de este tipo.

El EAVision J150 es un dron agrícola de gran capacidad — depósito en torno a 70–73 litros según configuración — con sistema de pulverización diseñado para trabajo profesional en superficies extensas. En términos técnicos, esa capacidad reduce el número de recargas por hectárea frente a drones de menor depósito, lo que puede ser relevante en arrozales donde el punto de mezcla está lejos de la parcela.

Eso no significa que el J150 sea la plataforma adjudicada en Extremadura — el pliego lo define el contratista ganador — ni que sea compatible sin más con cualquier formulación UL. Significa que, para una empresa de servicios que quiera prepararse para campañas exigentes en arrozal u otros cultivos extensivos, conviene evaluar plataforma, logística y marco legal antes de la campaña, no durante la ventana de tratamiento.

¿Valora si un dron agrícola encaja en su operativa de arroz u otros cultivos extensivos? En Elisur Agrotech le ayudamos con una evaluación técnica y demostración del J150, siempre dentro del marco autorizado.

Fuentes y documentación

Junta de Extremadura — Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural: pliego de condiciones del concurso público para tratamiento fitosanitario aéreo contra la pudenta del arroz (Eysarcoris ventralis) en la campaña 2026. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA): marco de autorizaciones fitosanitarias y uso sostenible de productos fitosanitarios (Directiva 2009/128/CE y Real Decreto 1311/2012). Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA): normativa de operación de drones en categoría específica y escenarios PDRA. Ver también nuestros artículos sobre la PDRA-S01[F] de AESA, sobre la legalidad de fumigar con dron en España, el operativo de langosta mediterránea en Albacete y la guía de mantenimiento preventivo antes de campaña. Artículo divulgativo; no identifica a Elisur Agrotech como adjudicataria del operativo extremeño, no sustituye a la normativa oficial vigente ni al texto íntegro del pliego, que debe consultarse en la sede electrónica de la Junta de Extremadura.